A un paso del juicio el pillado infraganti José Manuel Baltar (PP)

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FOTOGRAFÍA. ORENSE (GALICIA) REINO DE ESPAÑA, AÑO 2023. El presidente de la Diputación Provincial de Orense (Galicia) entre​ 6 de febrero de 2012 y 17 de julio de 2023; vicepresidente primero del Parlamento de Galicia, entre 1 de abril de 2009 y 6 de febrero de 2012, y actualmente senador del Grupo Parlamentario del Partido Popular (PP), José Manuel Baltar Blanco. FECHA HECHOS, MADRID (REINO DE ESPAÑA), 20 DE JUNIO DE 2024. La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto en el que procede contra el senador del Partido Popular (PP), José Manuel Baltar Blanco, por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 km/h en un tramo de la autovía A-52 sentido Benavente (Zamora) cuya velocidad máxima permitida era de 120 km/h. Efe 
FOTOGRAFÍA. ORENSE (GALICIA) REINO DE ESPAÑA, AÑO 2023. El presidente de la Diputación Provincial de Orense (Galicia) entre​ 6 de febrero de 2012 y 17 de julio de 2023; vicepresidente primero del Parlamento de Galicia, entre 1 de abril de 2009 y 6 de febrero de 2012, y actualmente senador del Grupo Parlamentario del Partido Popular (PP), José Manuel Baltar Blanco. FECHA HECHOS, MADRID (REINO DE ESPAÑA), 20 DE JUNIO DE 2024. La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto en el que procede contra el senador del Partido Popular (PP), José Manuel Baltar Blanco, por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 km/h en un tramo de la autovía A-52 sentido Benavente (Zamora) cuya velocidad máxima permitida era de 120 km/h. Efe 

Madrid (Reino de España), jueves 20 de junio de 2024 (Lasvocesdelpueblo).- La juez deja a un paso del juicio el pillado infraganti José Manuel Baltar (PP), circulando a una velocidad de 215 km/h; la velocidad máxima permitida en ese punto de la la autovía A-52 sentido Benavente (Zamora) es de 120 km/h.

La magistrada instructora del Tribunal Supremo procede contra el senador del PP José Manuel Baltar Blanco por un delito contra la seguridad vial. Da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de diez días, solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.

La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto en el que procede contra el senador del Partido Popular (PP), José Manuel Baltar Blanco, por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 km/h en un tramo de la autovía A-52 sentido Benavente (Zamora) cuya velocidad máxima permitida era de 120 km/h.

En su auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, la magistrada instructora da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de diez días, solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.

La magistrada afirma que lo actuado hasta el momento permite afirmar, desde el análisis indiciario que el momento procesal reclama, que en la tarde del día 23 de abril de 2023, el senador José Manuel Baltar Blanco conducía un vehículo por la autovía A-52, sentido Benavente, cuando al alcanzar el punto kilométrico 66,900, dentro del término municipal de Asturianos, el aparato de medición allí instalado, detectó que el mismo circulaba a una velocidad de 215 km/h. La velocidad máxima permitida en ese punto es de 120 km/h.

Señala que aplicado sobre el resultado de medición detectado el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 km/h. Ese mismo día Baltar Blanco fue sancionado administrativamente por circular a 215 km/hora en un tramo de velocidad limitada a 120 km.

La magistrada subraya que los hechos revisten caracteres de un delito previsto en el artículo 379.1 CP, según el cual «el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años».

«La simple lectura de los hechos que hemos delimitado como punibles, justifica sin necesidad de otras argumentaciones su encaje en la tipicidad reseñada (artículo 379.1 CP), como una de las conductas que el legislador ha considerado merecedoras de reproche penal en cuanto estadísticamente más arriesgadas para la seguridad en el tráfico rodado. Ello en la lógica de que incrementa inadmisiblemente el riesgo de daños personales y materiales, quien conduce a una velocidad superior a los límites previstos en el citado precepto», concluye la magistrada instructora.

Por otra parte, afirma que la imputación tanto objetiva en relación con los hechos, como la subjetiva en lo que concierne a la intervención en los mismos del investigado, se sustenta en los datos incorporados al atestado levantado a raíz del resultado arrojado por el medidor de velocidad que el día 23 de abril de 2023 instalado en el km 66,900 de la autovía A-52, por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, subsector de Zamora, así como sus sucesivas ampliaciones| A un paso del juicio el pillado infraganti José Manuel Baltar (PP).