Ayuso no mató a 7.291 ancianos 

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FOTOGRAFÍA. LEGANÉS MADRID (REINO DE ESPAÑA), 13/03/2024. Rechazada la querella contra Ayuso por la muerte de 7291 ancianos.- La presidente del Gobierno autonómico de la Comunidad de Madrid por el Partido Popular (PP) y líder del PP en Madrid, Isabel Natividad Díaz Ayuso, tras la reunión del Consejo de Gobierno de la comunidad este miércoles en Leganés, un día después de que se conociera la denuncia de la Fiscalía Provincial de Madrid contra su marido (Alberto González Amador) y otras cuatro personas por defraudar supuestamente "350.951 euros a Hacienda", a través de una trama de facturas falsas y sociedades pantalla. Efe
FOTOGRAFÍA. LEGANÉS MADRID (REINO DE ESPAÑA), 13/03/2024.- La presidente del Gobierno autonómico de la Comunidad de Madrid por el Partido Popular (PP) y líder del PP en Madrid, Isabel Natividad Díaz Ayuso, tras la reunión del Consejo de Gobierno de la comunidad este miércoles en Leganés, un día después de que se conociera la denuncia de la Fiscalía Provincial de Madrid contra su marido (Alberto González Amador) y otras cuatro personas por defraudar supuestamente "350.951 euros a Hacienda", a través de una trama de facturas falsas y sociedades pantalla. Efe

Madrid (Reino de España), jueves 20 de junio de 2024 (Lasvocesdelpueblo).- Isabel Natividad Díaz Ayuso no mató a 7.291 ancianos  en las Residencias de la Comunidad de Madrid durante la crisis sanitaria del coronavirus (COVID 19). La Sala Penal explica que la denuncia no puede prosperar al estar planteada en unos «términos genéricos e indeterminados».

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido una denuncia presentada por un particular contra la presidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y líder del Partido Popular de Madrid (PP), Isabel Natividad Díaz Ayuso, por supuestos «delitos de homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, derecho a tratamiento médico y delito de prevaricación con la agravante de premeditación, en relación con las muertes de 7.291 personas en las residencias de la Comunidad durante la pandemia de COVID-19».

El tribunal explica que la denuncia no puede prosperar al estar planteada en unos términos genéricos e indeterminados, y requerirse, en sede penal, «vincular el fallecimiento de concretas personas con concretas medidas o decisiones adoptadas por la persona denunciada», lo que en la denuncia no se precisa.

«No disponemos, ni la denuncia los proporciona, datos precisos para concluir en qué medida los criterios de derivación hospitalaria que en la denuncia se denominan ‘protocolos de la vergüenza’ fueron acertados y rigurosos médicamente en función de la situación epidemiológica y hospitalaria de cada momento. Como tampoco de cuál fue el verdadero grado de cumplimiento de esos protocolos o de qué concretos pacientes pudieron fallecer por su aplicación», añade el auto del tribunal.

Y en el terreno de la autoría, el Supremo explica que una eventual atribución de responsabilidad penal a la persona aforada exigiría apreciar con nitidez la existencia de una relación de causalidad concreta y precisa entre los fallecimientos y enfermedades producidos y las medidas adoptadas o las no adoptadas pero que debieron serlo. Es decir, que «la necesaria relación de causalidad no puede plantearse en los términos genéricos o difusos en que aparecen en la denuncia».

En todo caso, el tribunal destaca que «el archivo de la denuncia y el rechazo de la incoación de un procedimiento penal es compatible con el cuestionamiento crítico de las decisiones que en ámbito sanitario se pudieron tomar por los responsables de la Comunidad Madrid, como también por el resto de Comunidades Autónomas o del Gobierno estatal durante la gestión de la pandemia covid-19, particularmente, en relación con las residencias de personas mayores».

Añade: «El eventual archivo del procedimiento ni es un aval a las políticas sanitarias que se aplicaron en relación con las residencias de personas mayores, ni lo contrario».

Por último, recuerda que hay constancia de que se han presentado numerosas denuncias ante la Fiscalía y ante los Juzgados de Instrucción de la Comunidad de Madrid por estos mismos hechos, pero ahí sí en relación con residencias determinadas y personas concretas, y que en la propia denuncia se hace referencia a ello.

«Es en esos procedimientos en los que puede esclarecer lo ocurrido, determinando qué fallecimientos pudieron estar asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y cómo, por quién y de qué manera se tomaban las decisiones de no derivación hospitalaria», concluye el auto| Ayuso no mató a 7.291 ancianos.