El artículo 2.e pone en jaque la amnistía

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FOTOGRAFÍA. 30 DE MAYO DE 2024. El artículo 2.e pone en jaque la amnistía. El Congreso aprobó el 30 de mayo con 177 votos a favor y 172 en contra, la proposición de ley corrupta de amnistía criminal. [Proposición de ley de amnistía para la normalización institucional; política y social en Cataluña] Una iniciativa pactada por el PSOE con separatismo (JxCat y ERC) y que permitió hace seis meses la investidura de Pedro Sánchez. En la imagen, los golpistas delincuentes del Procés: Oriol Junqueras Vies y Carme Forcadell Lluís. entre otros en la tribuna de invitados de la Cámara Baja. Efe
FOTOGRAFÍA. 30 DE MAYO DE 2024. El Congreso aprobó el 30 de mayo con 177 votos a favor y 172 en contra, la proposición de ley corrupta de amnistía criminal. [Proposición de ley de amnistía para la normalización institucional; política y social en Cataluña] Una iniciativa pactada por el PSOE con separatismo (JxCat y ERC) y que permitió hace seis meses la investidura de Pedro Sánchez. En la imagen, los golpistas delincuentes del Procés: Oriol Junqueras Vies y Carme Forcadell Lluís. entre otros en la tribuna de invitados de la Cámara Baja. Efe

Madrid (Reino de España), martes 11 de junio de 2024 (Efe).- La propia ley de Amnistía en el artículo 2.e pone en jaque la amnistía. Apenas unas horas después de su entrada en vigor, algunos jueces y tribunales han puesto sobre la mesa la clave que puede poner en peligro la amnistía para los condenados o procesados por malversación: que los hechos hayan causado un daño económico a la UE, una exclusión que recoge la propia norma.

El artículo 2.e) dice que «quedan excluidos de la aplicación de la amnistía los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea».

Y este mismo martes, en el día 1 de la Ley de Amnistía, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena y el Tribunal de Cuentas ya han desvelado que la afectación a los intereses de la UE apunta a ser la clave para incluir o no la malversación en los delitos perdonados.

Como era de esperar, los jueces y tribunales con causas vinculadas con la amnistía han dado traslado a las partes para que se pronuncien sobre si los hechos en cuestión encajan en el artículo 1 (perdonados) o en el 2 (excluidos), sin dar pistas ni entrar en más detalles acerca de cual será la decisión que adopten más adelante.

Llarena pregunta específicamente si hubo daño económico a la UE

Pero Llarena ha dejado caer una pista que anticipa que habrá debate en torno a la malversación para el expresident catalán Carles Puigdemont y a los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, todos ellos huidos de la Justicia y procesados por malversación, un delito por el que fue condenado el líder de ERC, Oriol Junqueras.

Llarena ha preguntado a la Fiscalía, a las acusaciones y a las defensas sobre si los hechos que se enmarcan en este delito ocasionaron un perjuicio económico a la UE, en cuyo caso no sería amnistiado, como la propia norma prevé.

Al mismo tiempo, el Tribunal de Cuentas ha solicitado a la Fiscalía y al resto de partes que informen sobre la procedencia de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre cinco artículos de la ley.

El Tribunal de Cuentas pone el foco en los intereses financieros

La consejera a cargo de este procedimiento contable cuestiona si cinco preceptos de la ley «podrían oponerse a la interpretación» que viene realizando el TJUE del derecho comunitario, en relación, por ejemplo, a la «lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE», entre otros.

Por eso, pone el foco en el artículo 1 de la ley, que determina el ámbito objetivo de la ley y los hechos que quedarían perdonados, y también en el apartado 2 que deja fuera del perdón «los delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea».

Jueces y magistrados consultados por Efe en las últimas semanas vienen advirtiendo de que antes de dar por sentada la presentación de una cuestión prejudicial o una de inconstitucionalidad es preciso estudiar con detalle el encaje de la amnistía en los hechos en cuestión, con especial atención al delito de malversación.

Los fiscales del procés se niegan a amnistiar la malversación

Los primeros en cuestionar abiertamente esta cuestión fueron los fiscales del Supremo que intervinieron en el juicio del procés, que comunicaron al fiscal general del Estado, Álvaro García Órtiz, que se oponen a amnistiar el delito de malversación porque la propia norma lo excluye y, además, «afecta a intereses financieros de la UE».

Y para ello citan una directiva comunitaria de 2017 que «impide la posibilidad de amnistía los delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea», entre ellos, la malversación.

Este documento «proporciona un definición de malversación a estos efectos que incluye la apropiación de los fondos públicos o el compromiso o desembolso de los mismos o su utilización de forma contraria a los fines para los que estaban previstos y que perjudique de cualquier manera a los intereses financieros de la UE».

Para los fiscales, la malversación para «financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la UE», con el «consiguiente riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto, repercute negativamente en los propios intereses financieros de la Unión».

Ahora bien esta no es la postura final del Ministerio Público. De hecho, este martes, el fiscal general les ha pedido que elaboren un «informe procesal» y «no genérico» como el ya presentado.

Fuentes fiscales avanzan a Efe que se lo entregarán este mismo miércoles, pero adelantan que su postura se mantiene íntegra, lo que apunta a una convocatoria de una Junta de Fiscales, cuya última palabra siempre la tendrá el fiscal general| El artículo 2.e pone en jaque la amnistía.