El banquero Ángel Ron al juicio por estafa y falsedad contable

Audiencia Nacional: "Entendemos que sería absurdo que el Presidente del banco no hubiera tenido una actuación relevante, importante y decisiva, pues se trataba de un Presidente con funciones ejecutivas, y no meramente representativas, que incidía de manera incuestionable en la marcha del Banco[...]"

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FOTOGRAFÍA. MADRID (REINO DE ESPAÑA), SIN FECHA CONCRETADA. FECHA HECHOS RELACIONADOS, MADRID (REINO DE ESPAÑA), 11 DE JUNIO DE 2024. El banquero Ángel Ron al juicio por estafa y falsedad contable. Detalle de Ángel Carlos Ron Güimil (Ángel Ron), presidente del sexto grupo bancario de España que es "Banco Popular Español" hasta el 20 de febrero de 2017, durante una asamblea de los accionistas del Banco Popular Español. Efe 
FOTOGRAFÍA. MADRID (REINO DE ESPAÑA), SIN FECHA CONCRETADA. FECHA HECHOS RELACIONADOS, MADRID (REINO DE ESPAÑA), 11 DE JUNIO DE 2024. Detalle de Ángel Carlos Ron Güimil (Ángel Ron), presidente del sexto grupo bancario de España que es "Banco Popular Español" hasta el 20 de febrero de 2017, durante una asamblea de los accionistas del Banco Popular Español. Efe 

Madrid (Reino de España), martes 11 de junio de 2024 (Lasvocesdelpueblo).- El banquero Ángel Ron al juicio por estafa y falsedad contable. La Audiencia Nacional confirma que Ángel Carlos Ron Güimil (Ángel Ron), presidente del sexto grupo bancario de España que es «Banco Popular Español» hasta el 20 de febrero de 2017, debe ser juzgado por estafa a inversores en la operación de ampliación de capital de 2016. El tribunal señala que comparte los criterios y los fundamentos que se expresan en la resolución recurrida para atribuir, al menos de manera provisional, responsabilidad penal al investigado.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que el expresidente del Banco Popular Ángel Carlos Ron Güimil (Ángel Ron) «debe ser juzgado por los delitos de estafa a inversores y falsedad contable por la ampliación de capital de 2016».

Los magistrados de la Sección Cuarta han desestimado el recurso de apelación presentado por Ángel Ron contra el auto de paso de procedimiento abreviado dictado en marzo por el titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro, José Luis Calama.

El tribunal señala que comparte los criterios y los fundamentos que se expresan en la resolución recurrida para atribuir, al menos de manera provisional, responsabilidad penal al investigado.

Los jueces explican que el objeto del procedimiento son unos hechos que derivan de la aprobación y ejecución de la ampliación de capital acordada por el Banco en 2016, una tarea de la que «no puede dejarse de lado ni apartarse la figura del Presidente de la entidad bancaria, pues se trataba de una operación especialmente importante para la operatividad y, casi diríamos, que la subsistencia del propio Banco Popular».

«Entendemos que sería absurdo que el Presidente del banco no hubiera tenido una actuación relevante, importante y decisiva, pues se trataba de un Presidente con funciones ejecutivas, y no meramente representativas, que incidía de manera incuestionable en la marcha del Banco, debiendo tenerse en cuenta que en aquella época el Banco Popular era una de las grandes entidades bancarias de nuestro país y con el lógico peso e influencia en la economía nacional, y una decisión de ese calibre habría de involucrar necesariamente al Presidente de la entidad bancaria en cuestión», concluyen| El banquero Ángel Ron al juicio por estafa y falsedad contable.