La ley de amnistía al golpe de Sumar y Pedro Sánchez afecta a 700 separatistas

El texto de 40 folios menciona un amplio número de causas y afectados que se podría acoger a la amnistía, entre ellos más de 700 imputados por desórdenes públicos, 50 cargos de la Generalidad golpista de Cataluña procesados, las causas contra miembros de los terroristas callejeros del golpe autopropulsados "Comités de Defensa de la República Catalana" (CDR) y los de la célula terrorista del golpe procesados por delito de terrorismo por parte de la Audiencia Nacional "Tsunami Democràtico", las que afectan a cientos de ayuntamientos...

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 10 DE OCTUBRE DE 2023. La líder de la coalición electoral de las ultraizquierdas Sumar y vicepresidente del Gobierno de coalición en funciones de España, Yolanda Díaz Pérez (2d), participa junto a la ex alcaldesa de Barcelona Ada Colao Ballano (i) entre otros en un acto de presentación de la coalición ultra Sumar-En Común Podemos de su dictamen jurídico para fundamentar su propuesta de amnistía al golpe separatista. Efe

Barcelona (España), martes 10 de octubre de 2023 (Lasvocesdelpueblo y Agencias).- El dictamen jurídico de la coalición de las ultraizquierdas en Cataluña «Sumar-En Común Podemos» para fundamentar su propuesta de amnistía contempla que la medida de gracia abarque el periodo entre 2013 y 2023 y la justifica por «la falta de proporcionalidad con la que se adoptaron ciertas decisiones judiciales».

La nueva normativa ultra es únicamente un plan de Yolanda Díaz Pérez y de su jefe, el presidente de Gobierno de coalición en funciones de España y secretario general del Partido Socialista propuesto por su Majestad el rey Felipe VI de España como candidato a la investidura después de fracasar la investidura del candidato del Partido Popular Alberto Núñez-Feijóo, Pedro Sánchez Pérez Castejón, para seguir en el poder. Aunque estos dos elementos intenten engañar a la ciudadanía de que esten buscando una «solución» al golpe, la finalidad es salvarse a ellos mismos y seguir en la Moncloa por al menos un año más.

CLAVES DE LA LEY DE AMNISTÍA AL GOLPE

El documento, presentado en un acto en Barcelona al que ha asistido la líder de Sumar y vicepresidente del Gobierno en funciones de España, Yolanda Díaz Pérez, argumenta en sus 40 páginas el encaje de la amnistía en el marco constitucional y la justifica como una «herramienta política útil para pacificar el conflicto».

Plantea su aplicación solo sobre «aquellas acciones y omisiones que hayan tenido por finalidad la reivindicación del derecho de autodeterminación de Cataluña» e incluye también como amnistiables algunas de las actuaciones de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

El texto menciona un amplio número de causas y afectados que se podría acoger a la amnistía, entre ellos más de 700 imputados por desórdenes públicos, 50 cargos de la Generalidad golpista de Cataluña procesados, las causas contra miembros de los terroristas callejeros del golpe autopropulsados «Comités de Defensa de la República Catalana» (CDR) y los de la célula terrorista del golpe procesados por delito de terrorismo por parte de la Audiencia Nacional «Tsunami Democràtico», las que afectan a cientos de ayuntamientos…

Han sido el exdiputado de la ultraizquierda «los comunes» y negociador de Sumar, Jaume Asens Llordá, y el catedrático y uno de los autores del texto, Nicolás García Rivas, los encargados de presentar la propuesta, elaborada también por los expertos en derecho penal Antoni Llabrés Fuster, Javier Mira Benavent, Guillermo Portilla Contreras y Rafael Rebollo Vargas.

Ante la inexistencia de referencias a la figura de la amnistía en la Constitución, y frente a las acusaciones de inconstitucionalidad por parte de sus opositores, el texto se ocupa en primer lugar de defender su encaje en la Carta Magna, remarcando que el silencio constitucional no significa «en absoluto» que no pueda concederse esta medida de gracia.

García Rivas ha señalado que la Constitución tampoco menciona cuestiones como la eutanasia y no por ello son inconstitucionales.

El dictamen subraya que «la amnistía es una institución jurídica presente en el ordenamiento español desde el siglo XIX, que ha mantenido su actualidad en la presente etapa constitucional, que en ningún momento ha sido materialmente cuestionada».

Además, considera que la ampara el artículo 9.3, que dispone que «la Constitución garantiza el principio de legalidad» y la «irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales», lo que «permite que se apliquen retroactivamente disposiciones sancionadoras favorables», como sería una amnistía al golpe.

Los juristas ultras abogan por la amnistía como una herramienta para «resolver desde un punto de vista político el conflicto existente entre Cataluña y el Estado español desde hace algo más de una década» y piden pasar de una política criminal punitivista a una política «despenalizadora», siguiendo el camino de los indultos o la derogación del delito de sedición.

«Esta Ley de amnistía que ahora se propone servirá, sin duda, para establecer las bases para la solución del conflicto político existente entre Cataluña y el Estado español, que resultó agravado por una contundente represión penal y por la falta de proporcionalidad con la que se adoptaron ciertas decisiones judiciales», señala el dictamen.

Subraya que el golpe podría haberse resuelto por otra vía y pone de relieve el «fracaso» del criterio seguido: «Se ha constatado que el Derecho Penal, aplicado de manera controvertida y sirviéndose de tipos penales susceptibles de ser derogados por su irrelevante utilización durante más de cuarenta años, ha demostrado ser abiertamente ineficaz para la resolución» del golpe.

La resolución penal del conflicto generado en Cataluña, afirma el texto, «supuso la expresión de una política criminal que se sirvió de una aplicación muy discutible de la normativa penal vigente, sin explorar otras alternativas menos aflictivas», critica el texto.

En cuanto al alcance de la amnistía, los juristas proponen que abarque el periodo entre el 1 de enero de 2013 -cuando las instituciones catalanas iniciaron su respuesta al recorte del Estatut por parte del Tribunal Constitucional, que para García Rivas fue una «quiebra institucional muy grave»- hasta el 17 de agosto de 2023, fecha de constitución de las actuales Cortes.

Asimismo, plantea su aplicación solo sobre «aquellas acciones y omisiones que hayan tenido por finalidad la reivindicación del derecho de autodeterminación de Cataluña», lo que da a entender que el expresidente de la Generalidad golpista y prófugo de la Justicia Carles Puigdemont Casamajò entraría entre los amnistiados, mientras que la expresidente del Parlamento de Cataluña y líder de JxCat Laura Borràs Castanyer -para la que algunos sectores de la derecha separatista Junts per Cataluña (JxCat) pide que también pueda ser beneficiada- se quedaría fuera al tratarse de un caso de corrupción, afirma un dictamen que si da la amnistia a un golpe también con corrupción: malversación de caudales públicos.

El texto menciona un amplio número de causas y afectados que se podría acoger a la amnistía: más de 700 imputados por los desórdenes públicos contra la sentencia del golpe, 250 causas por los cortes de calles, 50 cargos de la Generalidad golpista de Cataluña procesados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, las causas contra miembros de los terroristas callejeros CDR, la célula terrorista del gompe Tsunami Democrático, la Operación Volhov contra la célula terrorista del golpe…

También la investigación por parte del Tribunal de Cuentas a 54 personas por su participación en el referéndum, los 600 procedimientos abiertos contra ayuntamientos o las más de 850 denuncias de infracciones administrativas de la Ley de Seguridad Ciudadana, entre otras.

Entre los delitos que se contempla amnistiar figuran tanto los de lesiones, amenazas, daños o coacciones como contra la administración pública, la constitución o la administración de justicia.

«También serán amnistiadas las actuaciones de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encaminadas a impedir la celebración del proceso participativo y el referéndum», señala el dictamen.

Sin embargo, deja claro que quedarán fuera aquellas actuaciones «susceptibles de ser calificadas como delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral o de delito de detenciones ilegales».