Tribunal: Convivir con otra pareja extingue el derecho al domicilio familiar tras el divorcio

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Diseños de trajes de novia en una edición del Salón Fiesta y Boda. Archivo Efe.

Redacción – El Tribunal Supremo dictamina que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio. Para la Sala de lo Civil, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. Madrid (España), sábado 24 de noviembre de 2018. Fotografía: Diseños de trajes de novia en una edición del Salón Fiesta y Boda. Archivo Efe.

La sentencia. Madrid, 23.11.2018.

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El Pleno de la Sala Primera ha resuelto este viernes, 23 de noviembre de 2018, en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.